sábado, 22 de febrero de 2014

Certificados energéticos inexistentes y sus sanciones

De sobra es sabido que con la nueva entrada en vigor, desde el 1 de junio de 2013, de la ley de certificación energética, no sólo es necesario tener el certificado energético cuando se vaya a vender o alquilar una vivienda en propiedad, sino que la etiqueta de calificación energética debe adjuntarse en el anuncio que publicite la vivienda en cuestión, de forma que toda persona que vea ese anuncio, pueda ver la calificación energética de esa vivienda. El problema surge cuando la mayoría de las viviendas esperan a obtener el certificado energético en el momento justo de la firma del contrato, por lo que en los anuncios no se ve la etiqueta. Una nueva versión es la de añadir certificado en trámite.

Lo curioso es que desde que se tramita el certificado energético hasta que el propietario lo tiene en su manos, no pasa más de una semana; en cambio no ocurre lo mismo con los anuncios de las inmobiliarias; puedes ver “certificado en trámite” semanas y semanas, lo que hace sospechar, como mínimo, que se espera a que haya un comprador o arrendatario para hacer efectivos esos trámites de certificación energética.

Las sanciones desde diciembre de 2013 son efectivas, pero apenas hay inspectores, lo que hace que la obligación de cumplimiento de la ley sea débil y pobre, sumado al escaso conocimiento de la misma por parte de los usuarios; se cree que se necesita el certificado para adjuntarlo al contrato de compraventa o alquiler, pero no desde el momento en que se anuncia la vivienda, lo que lleva a que haya miles de viviendas sin certificado energético, cuando deberían tenerlo, pero que no lo realizan a la espera de que se alquile o se venda la vivienda.
Un poco más de lo mismo ocurre con los edificios de las administraciones públicas; aquellos con más de 500 metros cuadrados deberían tener y exhibir de forma visible y que todo el público puedo ver, la etiqueta de calificación energética. Pero apenas existen edificios, cuya titularidad es la administración, que tengan visible la etiqueta, a pesar de las sanciones que la ley impone por no exhibir la etiqueta. 


Ahora bien, dado que el procedimiento sancionador queda en manos de la administración regional, que es una de las incumplidoras, no parece probable que se aplique. Seguimos con la misma tendencia y el aire de obligatoriedad de la certificación energética sigue siendo difuso. Lo único claro hasta el momento es el procedimiento sancionador que la Unión Europea ha puesto en marcha contra España por ser los últimos y tarde, en aplicar la normativa comunitaria relativa a la certificación energética.